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sábado, 21 de octubre de 2017
lunes, 7 de agosto de 2017
martes, 1 de agosto de 2017
viernes, 30 de junio de 2017
jueves, 15 de junio de 2017
miércoles, 7 de junio de 2017
viernes, 19 de mayo de 2017
Validación Inscripción
Dirección Departamental de Escuelas de Colón informa
que las validaciones de las inscripciones en línea que realicen los docentes de
Nivel Inicial, Nivel Primario, Nivel Especial se realizarán en Dirección
Departamental en Escuela de Educación Primaria Nº 5 (San José), los días martes
y jueves a partir de la hora 08:00.
Deberán presentar 2 (dos) copias de constancia de inscripción y certificados o constancias originales que hayan cargado en el SIED.
Deberán presentar 2 (dos) copias de constancia de inscripción y certificados o constancias originales que hayan cargado en el SIED.
lunes, 8 de mayo de 2017
martes, 2 de mayo de 2017
viernes, 7 de abril de 2017
jueves, 23 de marzo de 2017
martes, 21 de marzo de 2017
martes, 14 de marzo de 2017
Circular Nº 5 JC Nivel Secundario 13/03/2017
Asunto Designación por Artículo 80.
- Las designaciones por Art. 80 son aquellas que ingresan en cargos u horas conforme a lo dispuesto en el Estatuto del Docente Entrerriano, (aspirantes con título y sin credencial de puntaje).
- Los cargos iniciales, cargos de conducción directiva y no directiva y/u horas cátedra que hayan sido designados por Art. 80 deberán ser convocados a concursos indefectiblemente a la finalización del ciclo lectivo correspondiente.
- Aquellos que ingresen a cubrir cargos y/u horas cátedras mediante la presentación de proyectos, no corresponde la designación por Art. 80 (Resolución 100/13 Art. 146).
- Los agentes designados por Continuidad Pedagógica deben cesar indefectiblemente al finalizar el ciclo lectivo correspondiente. (Resolución 1000/13 Art. 142).
- En aquellas instituciones en las cuales aún no se haya cumplimentado con lo dispuesto en la Resolución 1056/16 CGE Art. 3 y Circular 7/2016 JC Nivel Secundario, en el punto 1 deberán regularizar en forma urgente.
- Declara desierta la instancia con credencial de puntaje, se dará continuidad como suplente Artículo 80 al docente que se venía desempeñando con tal hasta la finalización del ciclo lectivo 2017.
- Las designaciones por Art. 80 son aquellas que ingresan en cargos u horas conforme a lo dispuesto en el Estatuto del Docente Entrerriano, (aspirantes con título y sin credencial de puntaje).
- Los cargos iniciales, cargos de conducción directiva y no directiva y/u horas cátedra que hayan sido designados por Art. 80 deberán ser convocados a concursos indefectiblemente a la finalización del ciclo lectivo correspondiente.
- Aquellos que ingresen a cubrir cargos y/u horas cátedras mediante la presentación de proyectos, no corresponde la designación por Art. 80 (Resolución 100/13 Art. 146).
- Los agentes designados por Continuidad Pedagógica deben cesar indefectiblemente al finalizar el ciclo lectivo correspondiente. (Resolución 1000/13 Art. 142).
- En aquellas instituciones en las cuales aún no se haya cumplimentado con lo dispuesto en la Resolución 1056/16 CGE Art. 3 y Circular 7/2016 JC Nivel Secundario, en el punto 1 deberán regularizar en forma urgente.
- Declara desierta la instancia con credencial de puntaje, se dará continuidad como suplente Artículo 80 al docente que se venía desempeñando con tal hasta la finalización del ciclo lectivo 2017.
martes, 13 de diciembre de 2016
miércoles, 30 de noviembre de 2016
viernes, 25 de noviembre de 2016
martes, 15 de noviembre de 2016
miércoles, 9 de noviembre de 2016
jueves, 3 de noviembre de 2016
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